Juan
Pablo II concede indulgencia plenaria para actos
de devoción eucarística
VATICANO, 14 Ene. 05 (ACI).-En un decreto publicado
hoy por la Penitenciaría Apostólica,
la Santa Sede informó que el Papa Juan Pablo
II enriqueció con indulgencias plenarias
algunos actos de devoción al Santísimo
Sacramento, que tendrán vigencia durante
todo el Año de la Eucaristía.
El documento explica que durante la audiencia
concedida el 17 de diciembre al Cardenal James
Francis Stafford
y al Padre Gianfranco Girotti, O.F.M., Penitenciario
Mayor y regente de la Penitenciaría Apostólica,
respectivamente, “el Santo Padre enriqueció con
indulgencias algunos actos de culto y devoción
al Santísimo Sacramento aquí indicados.
El decreto estará en vigor durante el Año
Eucarístico, a partir de la fecha de su
publicación en L’Osservatore Romano.
No obstante cualquier disposición contraria”.
En el texto –fechado el 25 de diciembre de
2004–, se afirma que “se concede indulgencia
plenaria según las condiciones habituales
(confesión sacramental, comunión
eucarística y oración por las intenciones
del Sumo Pontífice, con el alma totalmente
desprendida del afecto a cualquier pecado), cada
vez que los fieles participen con atención
y piedad en una ceremonia sagrada o en un servicio
piadoso en honor del Santísimo Sacramento,
expuesto solemnemente o conservado en el tabernáculo”.
“
También se concede, con las condiciones
citadas anteriormente, la indulgencia plenaria
al clero, a los miembros de los Institutos de Vida
Consagrada y de las Sociedades de Vida Apostólica
y a los otros fieles obligados por ley al rezo
de la Liturgia de las Horas, además de los
que están acostumbrados a rezar el Oficio
Divino por pura devoción, siempre, al final
de la jornada, recen ante el Señor presente
en el sagrario, o en común, o de forma privada,
Vísperas y Completas”, agrega el decreto.
“
Los fieles que por enfermedad u otras causas justas
no puedan visitar el Santísimo Sacramento
de la Eucaristía en una iglesia u oratorio,
podrán conseguir la indulgencia plenaria
en su propia casa o en cualquier lugar donde se
encuentren a causa del impedimento si con la intención
de observar las tres condiciones habituales, hacen
espiritualmente la visita con el deseo del corazón
y rezan el Padre Nuestro y el Credo añadiendo
una invocación piadosa a Jesús Sacramentado”,
continúa.
Más adelante, el documento resalta que “si
ni siquiera pudieran hacerlo, obtendrán
la indulgencia plenaria si se unen con deseo interior
a los que practican de forma ordinaria la acción
prescrita para la indulgencia y si ofrecen a Dios
misericordioso la enfermedad y los problemas de
su vida”.
El decreto pide a los sacerdotes, sobre todo
a los párrocos, que informen a los fieles “de
la forma más conveniente” sobre estas
disposiciones y que se preparen “con espíritu
disponible y generoso a confesar y a guiar a los
fieles de forma solemne en las oraciones públicas
ante Jesús Sacramentado”.
Finalmente, el texto exhorta también a los
fieles a “testimoniar abiertamente y a menudo
su fe y veneración al Santísimo Sacramento
tanto en las procesiones y adoraciones eucarísticas
como en la comunión espiritual y eucarística”.