Comulgar en gracia
Padre Isaías Revilla Casado,
OSA
frirevilla@hotmail.com
Para EL VISITANTE
P/ Según el número 1452 del Catecismo
de la Iglesia Católica, ¿se puede
comulgar estando en pecado mortal y luego confesarse?
José C. Negroni, Levittown
R/ Entiendo que
la respuesta debe ser negativa. Según ese
número del Catecismo, está claro
que la Perfecta Contrición puede perdonar
los pecados incluso mortales. Es el dolor del pecado
por amor a Dios, (no por temor al castigo en el
infierno, que sería la Atrición): “Por
que sois bondad infinita y porque os amo sobre
todas las cosas, me pesa, Señor, haberos
ofendido”, que reza el “Señor
mío Jesucristo”, a la vez que nos
hace prometer una pronta confesión.
Esto es perfectamente aplicable en caso de un
accidente, que nos presenta un moribundo sin dar
tiempo para
que venga el sacerdote. Habrá que atenderle
en lo médico y en lo espiritual habrá que
excitarle a un acto de este tipo. Rezar con él
el “Señor mío Jesucristo” es
el mejor camino. Y, ¡Dios sobre todo! Luego,
si se recupera, tendrá que confesar todos
los pecados mortales perdonados por ese acto de
Perfecta Contrición.
Pero el canon 916 del Código de Derecho
Canónico dice expresamente que “no
se celebre la Misa, ni se comulgue sin acudir antes
a la Confesión sacramental, a no ser que
concurra un motivo grave…” Por ejemplo,
si el sacerdote se encuentra con el templo lleno
de personas que quieren cumplir con el precepto
dominical y no tiene a mano otro sacerdote para
confesarse. También, si por no comulgar
en ese momento, le pueden ocurrir al interesado
consecuencias graves: ir a la cárcel, perder
un empleo vital para él y su familia…
No puede considerarse motivo suficiente la vergüenza
de no comulgar con los demás, las ganas
de hacerlo para dar una buena nota social, el querer
simular virtud ante los demás, o la imprevisión
del horario de confesiones…
Por eso, en la práctica, no debe aconsejarse
nunca ese método. Esas circunstancias graves
se dan muy pocas veces.
Y, desde luego, cuando se han dado una vez, entiendo
que no se puede tomar eso como punto de partida
para seguir comulgando: “Como ya comulgué una
vez, no importa hacerlo dos o más”.
Se precisaría, creo yo, la confesión
inmediata, en todo caso, antes de la siguiente
comunión. De lo contrario nos cae encima
la frase de S. Pablo: “Quien come el pan
y bebe el cáliz del Señor indignamente,
come y bebe su propia condenación” (1
Cor. 11,27-29).
La Eucaristía sigue siendo “el sacramento de nuestra fe”.
Es preciso participar en ella con la Comunión de la manera más
digna posible. Y si es verdadera comida y verdadera bebida (Jn. 6,55), hay que
hacerla con la mayor frecuencia. (La norma es una vez al día, no más.
Si se presenta imprevistamente una segunda ocasión, puede hacerse sólo
si se participa en la Misa completa).
No es bueno comulgar un día sí y otro no, según estemos
de ánimo: sería jugar con Dios. Tampoco es preciso ser demasiado
estrictos: Mientras no haya pecado mortal por medio, no debe dejarse la Comunión.
Los pecados veniales se perdonan por el acto penitencial de la misma Misa; por
tanto, no deben ser nunca motivo para dejarla. Mucho menos debe dejarse por disgustos
personales o familiares. Es en ese momento cuando más necesitamos la presencia
y la ayuda de Dios.
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