Rechazo a enmiendas a Ley de Cierre
Vivian Maldonado Miranda
entrevistas@elvisitante.biz
Como “un disparate legislativo”,
es como el ex secretario del Trabajo y Recursos
Humanos, el licenciado Ruy Delgado Zayas, describió el
proyecto que pretende enmendar la ley de cierre.
Delgado Zayas manifestó a El Visitante
que cuando escuchó de la medida, incluso
pensó que se trataba de darle más
tiempo a los empleados para estar con sus familias
y no una enmienda para que trabajen más.
El proyecto número 588, presentado por
el senador José Garriga Picó, propone “permitirle
a los establecimientos comerciales e industriales
operar durante los domingos a las mismas horas
que pueden hacerlo el resto de los días
de la semana” (primer párrafo de
la medida). El horario laboral permitido en la
actualidad a los comercios de lunes a sábado
es desde las 5:00 a.m. hasta las 12:00 de la
medianoche, según establecido en el artículo
4 de la Ley para Regular las Operaciones de Establecimientos
Comerciales (Ley Núm. 1 del 1 de diciembre
de 1989). De aprobarse la medida legislativa,
este horario regiría también los
domingos.
Esta medida se compara con la
radicada por el entonces representante Roberto
Vigoreaux el 28
de junio de 2002. Para esa fecha, el proyecto
del Senado 1653 proponía eliminar “ciertas
restricciones establecidas en las disposiciones
relacionadas a horarios de apertura parcial,
ventas de determinados productos en farmacias
y estaciones de gasolina, salarios de empleados
y horario de trabajo de empleados”. El
Centro Unido de Detallistas y la Federación
de Trabajadores se manifestaron en oposición
al proyecto. Además, el profesor de economía
de la Universidad de Puerto Rico, José Alameda,
aseguró a la prensa local que la extensión
de horario perjudicaría al empleado y
no beneficiaría en gran medida a los grandes
comercios, ya que afirmó que el nivel
de gastos del consumidor lo establece su salario,
no los horarios de las tiendas.
“
El arreglo de la ley de cierre actual es parecido
al que hay en Estados Unidos y en otras partes
del mundo, independientemente de la creencia
religiosa. En todos los países se está legislando
para darle espacio a los empleados para estar
con sus familias”, comentó Delgado
Zayas, quien fungió como secretario del
trabajo durante la redacción de la ley
de cierre actual.
Delgado Zayas citó el ejemplo de estados
como Washington DC, en donde las tiendas operan
los domingos en un horario similar al de Puerto
Rico. En el ámbito internacional, la Ley
sobre las Horas de Trabajo (WTA) de Alemania
establece en sus artículos 3 y 9 a los
domingos y a los días feriados como periodos
de descanso (Organización Internacional
del Trabajo). En Venezuela, la Ley Orgánica
del Trabajo de 1997 decretó a los domingos
como días feriados en su artículo
212 (http://www.finanzas.usb.ve/lot.pdf).
“
Me parece que el proyecto de ley nuevo a quien
va a perjudicar es a los trabajadores, en un
momento en que la familia en la Isla está en
crisis”, añadió. Delgado
Zayas opinó que la problemática
familiar en Puerto Rico ha empeorado luego del
1989, año en el que se amplió el
horario laboral dominical hasta las cinco de
la tarde (en vez de hasta las 12:00 del mediodía,
como disponía la Ley de Cierre de 1902).
“
La crisis en la familia es algo que se ha hablado
en todos los medios. Más horas de trabajo
no tienen nada positivo. Hay muchas madres que
trabajan que ahora tendrían también
que buscar quién le cuide los niños
los domingos”, dijo. “Siete días
a la semana son 56 horas. Sería horrible
llevar a los empleados a trabajar los siete días”.
Delgado Zayas afirmó que difícilmente
los patronos optarían por pagar horas
extras, ni la jornada completa, sino que probablemente
roten empleados a tiempo parcial, quienes tendrían
que hacer más malabares para coincidir
con el tiempo libre de sus hijos. El licenciado
señaló que casi una quinta parte
de la fuerza laboral presente trabaja a jornada
parcial.
“
Con el modelo de más trabajo y menos tiempo
para la familia hemos experimentado un sociedad
disfuncional”, añadió. “No
creo que haya un reclamo de los consumidores
de que necesitan más horas para comprar.
Desde las 11:00 am hasta las 5:00 pm los domingos
es más que suficiente”.
Temor
por los pequeños
negocios
 |
Por otra parte, la ley actual, aunque limita
el horario de trabajo de los domingos desde
las 11:00 am hasta las 5:00 pm (artículo
5 de la ley número 1 del 1989), detalla
en su artículo 6 una serie de comercios
a los que se les permite la apertura en horario
regular. |
Entre ellos, la legislación vigente exime
a los negocios operados por sus dueños
y los comercios con siete empleados o menos en
su nómina semanal. Además, pueden
operar las plazas de mercados, kioscos, librerías
y negocios ubicados en sitios dedicados a actividades
artesanales, culturales o recreativas. También,
los establecimientos dedicados a la elaboración
de alimentos, los que operan dentro de paradores
u hoteles y las gasolineras. Las farmacias pueden
vender medicamentos con o sin receta, artefactos
de salud, artículos de bebé, aseo
y arreglo personal, perfumería, cosméticos,
confitería, efectos escolares, de escritura
y fotografía, periódicos, libros
y revistas (artículo 6 de la ley número
1 del 1989).
El licenciado Delgado Zayas detalló que
estas excepciones dentro de la ley actual representa
una protección para los pequeños
comerciantes, quienes operan el resto del domingo
sin la amenaza de las mega-tiendas.
“
Creo que si se aprueba el proyecto para enmendar
la ley, a los únicos que va a ayudar es
a las grandes empresas. Los pequeños comercios
no van a poder competir”, agregó. “La
ley actual protege al pequeño comerciante
porque Puerto Rico no puede ser una sociedad
de grandes empresas. La enmienda lo que va es
a eliminar la posibilidad mínima que tiene
el pequeño comerciante en Puerto Rico,” concluyó.
Aún vigente posición
de los Obispos en 1980
La Ley
de Cierre de 1902 establecía que
los establecimientos comerciales e industriales
permanecerían cerrados después
del medio día, con excepción de
las farmacias, mercados públicos, panaderías,
hoteles, restaurantes, cafés y lugares
de venta de refrescos.
Para
el 1980, el Senado de Puerto Rico consideraba
tres proyectos para
enmendar
la Ley de Cierre:
P del S 452, 454 y 525. Al respecto, la Conferencia
de Obispos Católicos de Puerto Rico presentó su
posición en una carta con fecha del 17
de marzo de ese mismo año.
El 1
de diciembre de 1989, se crea la “Ley
para Regular las Operaciones de Establecimientos
Comerciales”, o Ley de Cierre vigente,
que establece el horario dominical actual.
(Carta de los Obispos de Puerto
Rico del 17 de marzo de 1980, ante las enmiendas
que se proponían
en aquél entonces).
La intención que nos mueve a pronunciar
estas palabras es la tutela del bienestar integral
de nuestro pueblo y la salvaguarda de sus valores
más preciados. Al igual que en Puebla*,
hoy afirmamos una vez más la necesidad
de una profunda revisión de la tendencia
consumista de las naciones más desarrolladas;
deben tenerse en cuenta las necesidades elementales
de los pueblos que forman la mayor parte del
mundo. Un paso firme en esta dirección
redimirá a aquellos “jóvenes
que se han visto defraudados por la falta de
autenticidad de algunos de sus líderes
o se han sentido hastiados por una civilización
de consumo” (Puebla 496, 1177).
Estamos convencidos de que, aunque
las enmiendas propuestas persiguen supuestamente
la conveniencia
del consumidor, los proyectos acarrearán
graves y profundos perjuicios a nuestra comunidad.
Es cierto que los hábitos de consumo y
comercio han variado. Sin embargo, la exposición
de motivos de los tres proyectos no analiza críticamente
las implicaciones humanas y sociales de los cambios
en la política de consumo. Las enmiendas
parecen someter todo el asunto a la dinámica
económica, prescindiendo de otras consideraciones
superiores (Cfr. P.S. 452). Y aun el mismo beneficio
de la dinámica económica resultará relativo
y discutible.
 |
En el caso de la promoción del turismo,
la tónica dominante está marcada
por la “competencia” con otros
mercados (Cfr. P.S. 525). La competencia
es una realidad innegable, pero no es prioritaria
o absoluta. Sería necesario determinar
el tipo de servicio que se puede brindar
a los turistas, la imagen cultural que deseamos
proyectar y el beneficio público que
vamos a obtener. |
El Proyecto 454 presenta, como
cuestión
de hecho, la urgencia de atemperar el ordenamiento
jurídico con aquéllas realidades
que caracterizan a la comunidad puertorriqueña.
Aparentemente dichas realidades se reducen a
condiciones socio –económicas, condiciones
que no son explicadas. Más aún,
existen factores económicos y sociales
que señalan soluciones contrarias a las
propuestas, por ejemplo: la criminalidad, el
consumismo, el mercantilismo, la desintegración
de la familia, el sosiego del trabajador…
Como líderes religiosos de este pueblo,
sentimos una preocupación particular por
las posibles consecuencias de las enmiendas.
Una sociedad que sufre una gran desorientación
de valores debe examinar cautelosamente cualquier
decisión que la pueda conducir a la desintegración
de sus elementos esenciales. Nuestro pueblo necesita
una tregua ante la despiadada vorágine
del consumo y de la competencia. La familia,
los amigos requieren condiciones favorables para
un encuentro pacífico y espiritual.
¿
Qué sentido tiene el hablar del bienestar
de la familia, si aprobamos leyes que pueden
convertirse en una amenaza contra su integridad?
Por eso la Iglesia defiende el domingo como un
día de culto y descanso. Hay que acentuar
el ocio creador, la vida familiar y respetar
el derecho a adorar a Dios en el día consagrado
a su memoria. Por encima de los fines mercantiles
prevalecen los valores religiosos y culturales.
Ya el Tribunal Supremo de los
Estados Unidos ha protegido el derecho de los
afiliados a religiones
minoritarias al libre ejercicio de la religión.
Con más razón debemos proteger
los días sagrados de la mayoría
de nuestra población. Sin embargo, algunos
comercios han retado la Ley de Cierre en Puerto
Rico, profanando la sabiduría y la santidad
de la tradición dominical y rompiendo
la tregua de la competencia económica.
Finalmente, exhortamos a los distinguidos
legisladores a buscar alternativas saludables
a los difíciles
problemas sociales, alternativas que armonicen
con la idiosincrasia de nuestro pueblo y con
los sublimes valores espirituales del hombre
puertorriqueño.
* En la ciudad
de Puebla de Los Angeles, México,
se llevó a cabo la III Reunión
del Consejo Episcopal Latinoamericano en enero
de 1979 cuyas conclusiones fueron publicadas
en un documento que se le conoce como el Documento
de Puebla.
Carta Pastoral sobre la Familia
2004
Monseñor
Roberto Octavio González
Nieves,
Arzobispo Metropolitano de San Juan
Ley de Cierre
131. Hasta casi concluir el siglo
XX, Puerto Rico hizo valer en su legislación civil
sobre los días laborables y los horarios
de operación de los establecimientos comerciales,
el descanso dominical de los trabajadores y trabajadoras
y de las familias de nuestro país. Partiendo
de la tradición cristiana que obliga a
guardar el domingo como Día del Señor,
la Asamblea Legislativa siempre respetó e
hizo observar esta tradición. Y aunque
inspirada en una práctica religiosa, la
tradición del cierre dominical de los
establecimientos comerciales servía el
laudable propósito secular de permitir
que los trabajadores y trabajadoras pudieran
renovar sus fuerzas y dedicar un tiempo valioso
al culto religioso (uno de sus más importantes
derechos humanos inalienables garantizado también
en la Constitución) y a las actividades
y las reuniones familiares de sus miembros. El
obligado descanso dominical también permitía
a la comunidad en general hacer un alto en el
trajín diario de la semana para recuperar
el sosiego perdido, algo muy necesario para una
sociedad equilibrada.
132. Pero casi al concluir el
siglo XX, las empresas multinacionales y las
megatiendas lograron persuadir
al Gobierno de que permitiera abrir los domingos
de 11:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.
Esta enmienda resultó ser otro paso peligroso
en la dirección equivocada, pues con el
pretexto de mejorar la economía de la
Isla se ha estado fomentando el consumismo desmedido
e irracional. A una gran masa de hombres y mujeres,
obligados por el temor de perder sus empleos
o sus oportunidades de mejoramiento laboral,
la apertura dominical les dificulta y hasta les
impide compartir con sus cónyuges y, en
particular, con sus hijos e hijas de edad escolar
que solamente disfrutan los sábados y
domingos como días libres.
133. Ahora, nuevamente, se alzan
voces que proponen enmiendas adicionales a la
Ley de Cierre para
permitir la apertura dominical de establecimientos
comerciales en horarios extendidos. Guarecidos
en argumentos de recesión económica
y alta tasa de desempleo, intentan ganar adeptos
en la Asamblea Legislativa para eliminar lo que
queda de la Ley de Cierre y permitir a las megatiendas
operar sus establecimientos sin consideración
a los otros valores sociales de más importancia
que el simple afán de lucro patronal.
Una ampliación del horario legal de apertura
dominical traería, como consecuencia negativa
inmediata, un incremento en el consumismo desmedido
y privaría a muchos cónyuges y
a una gran mayoría de padres y madres
de un tiempo precioso para compartir con sus
hijos e hijas. Además, interferiría
indebidamente con el ejercicio del derecho de
los trabajadores y trabajadoras al culto religioso,
pues éstos tendrían que laborar,
en muchos casos, hasta altas horas de la noche.
134. Debo exhortar a la Asamblea
Legislativa a que rechace toda propuesta cuyo
efecto sea,
primero, separar y fragmentar aún más
a las familias de nuestra nación puertorriqueña
y, segundo, estimular el consumismo desbocado
que tanto perjuicio acarrea a nuestra vida individual
y colectiva propiciando el uso desenfrenado de
tarjetas de créditos que encarcelan a
tantas personas en deudas extraordinarias. Si
alguna iniciativa legislativa merecería
mi más entusiasta respaldo sería
una ley dirigida a recuperar el tan necesario
espacio de crecimiento personal y espiritual
que hace algunos años perdimos cuando
el Día del Señor fue convertido
legislativamente en el “Día de Compras” en
los centros comerciales. Debo recabar de cada
comerciante —y con mayor urgencia, si es
católico— que asuma y practique
el apostolado personal de permitir y proveer
las circunstancias necesarias para que se respete
el derecho de sus empleados a asistir a la iglesia
de su predilección y a disfrutar del día
del Señor sin ningún temor de ser
penalizados por esta razón; que facilite
el viernes a los creyentes del Islam, el día
sábado a aquellas personas judías
y adventistas que lo guardan, y el domingo a
los cristianos, de manera que se provea este
espacio esencial en la vida espiritual y familiar
del ser humano.