Edición 30 • 24 al 30 de julio de 2005
Hoy es martes, 7 de febrero de 2012

José R. Ortiz Valladares
director@elvisitante.biz

Cuestión de humanidad

Una sociedad que se precie de avanzada en términos cualitativos se prueba en el trato a los desvalidos y necesitados. A veces la lógica de la utilidad y del poder ofusca la lógica de la misericordia y por eso se producen tantas injusticias como es hacerse de la vista larga ante las necesidades de libre movimiento de los impedidos en las vías públicas.

Las personas con impedimento han ido paulatinamente ganando terreno en el campo de sus derechos. En lo que respecta al tránsito, la ley 22 de 2000, según enmendada en el 2004, ordenó unas guías específicas de planificación que todavía son ignoradas o de difícil implantación según suscribimos en nuestro reportaje de portada.

Sin embargo, la Carta de Derechos de las personas con impedimentos (ley 238 del 31 de agosto de 2004) establece una fecha -el 28 de febrero de 2006- para que todas las entidades del gobierno presenten un plan estratégico que cumpla con lo que dispone la ley; y en concreto con todo lo relacionado a la eliminación de barreras arquitectónicas.

Esta disposición de la ley no sólo propicia el ejercicio de la más alta consideración con los impedidos sino que en cierto modo ayudará a humanizar la ciudad. En la medida que se facilita el libre flujo de los impedidos mediante rampas y accesos, se ordenaría también el área circundante.

De este modo una buena planificación del territorio, además de los aspectos de seguridad, propiciaría un ambiente adecuado para todos los transeúntes, desde los bebés en sus cochecitos hasta los ancianos con sus bastones. Consideramos que trabajando para alcanzar el fin prioritario de la ley nos beneficiamos todos.

Archivo EV

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