Opina
Corrada del Río
sobre casos del Supremo
Vivian Maldonado Miranda
entrevistas@elvisitante.biz
Aún después de su retiro como Juez
Asociado del Tribunal Supremo (TS), su opinión
de disenso en un caso anterior fue aplicada en
la decisión de denegar el cambio de sexo
en el certificado de nacimiento a un alegado transexual.
En entrevista exclusiva para El Visitante, el
antiguo Secretario de Estado, comisionado residente
emérito
y ex alcalde de San Juan, Baltasar Corrada del
Río, cuestionó la realidad biológica
de los cambios de sexo.

“En el caso de los llamados transexuales
lo que ocurren son operaciones quirúrgicas
de tipo cosméticas para tratar de tipificar
un sexo que realmente no se tiene. Se puede cambiar
la
apariencia exterior y tomar unas medidas mayormente
cosméticas y tratamientos hormonales para
parecer una mujer. Pero en sus cromosomas sigue
siendo un hombre”, comentó el licenciado.
Corrada explicó que el certificado de nacimiento
es un documento histórico que refleja el
sexo de la persona cuando nace.
“El problema de fondo con las operaciones
que se realizan los transexuales es si se va a
determinar
el sexo por consideraciones biológicas y
científicas o por el deseo que tenga una
persona de tener el sexo que no tiene”, dijo. “Si
se acepta que ha cambiado de sexo sin que realmente
lo haya hecho y el transexual contrae matrimonio
[siendo genéticamente un hombre], se estaría
permitiendo un matrimonio entre un hombre y otro
hombre”, detalló.
El Visitante inquirió a Corrada del Río
sobre las alegaciones de que la clasificación
por raza se eliminó de los certificados
de nacimiento por entenderse que era discriminatorio
y le preguntó si es discriminatorio clasificar
a los niños por su sexo al momento del nacimiento.
Al respecto, el antiguo juez manifestó que
no, ya que quien certifica el sexo de un niño
es el médico que atiende el parto a base
de criterios científicos y objetivos basados
en la observación.
“Eso sería decir que es un discrimen
que en el mundo haya hombres y mujeres. Discrimen
fuera
que no se tratara a alguien con igualdad”,
dijo. Por otra parte, alegó que debido a
la mezcla de razas en la Isla, es difícil
determinar científicamente al momento del
parto la raza a la que pertenece el niño,
por lo que la clasificación racial pasó a
ser algo subjetivo que depende del criterio de
cada cual, versus la obviedad científicamente
comprobable del sexo de la persona cuando nace.
“Sexo” versus “Género”
En la ceremonia de despedida por la renuncia
de Corrada del Río al Tribunal Supremo por
razón de su edad, el licenciado fue descrito
por el presidente del colegio de abogados, Julio
Fontantet, como un opositor al “discrimen
por género”, por su firme posición
en contra del discrimen hacia la mujer. Sin embargo,
sus decisiones en materias que involucran a personas
que se autodeniminan homosexuales han sido acusadas
de discriminatorias. Al respecto, Corrada aseguró:
“A veces la gente pretende usar el concepto
de ‘género’ para
descartar el de sexo hombre-mujer. El género
de la persona que se intenta introducir en ocasiones
no depende del sexo. Algunos pretenden poner el
concepto de ‘género’, que va
a depender de cómo la persona se siente,
si se siente hombre o si se siente mujer. Cuando
se habla de ‘discrimen por género’,
el término puede ser capcioso. Yo estoy
en contra de cualquier discrimen contra la mujer
por ser mujer y contra el hombre por ser hombre.
Eso no significa que porque un hombre se sienta
mujer el estado tenga que reconocer y clasificarlo
oficialmente de esa manera”, dijo el padre
de cuatro hijos.
Descarta las acusaciones de discrimen
“Sí quiero decir claramente que
estoy en contra de que se discrimine o se margine
de la
sociedad a la persona por razón de su orientación
sexual. Si esa persona vive dentro de la sociedad
sin pretender imponer sus características
a otros y cumple con la ley, eso no significa que
se le vaya a discriminar los derechos que como
ser humano pueda tener”, afirmó.
Ante la solicitud de una definición de lo
que constituye discrimen y lo que no, el co-fundador
del Caucus Hispano en el Congreso de los Estados
Unidos señaló que la no discriminación
implica igual aplicación de las leyes y
las normas sociales. “Según al heterosexual
se le requiere que se conduzca de forma que no
atente contra la ley y el orden, al homosexual
se le exige lo mismo. Si el heterosexual no puede
incurrir en exposición deshonesta y perversión
de menores, el homosexual tampoco lo puede hacer.
Si a un heterosexual se le exige que cumpla con
unas características determinadas para solicitar
un empleo, a un homosexual también. Eso
no es discrimen”, dijo.
Sobre la definición de los derechos de todo
ser humano, Corrada del Río separó dos
tipos: los naturales y el derecho positivo o la
ley escrita.
“Los derechos naturales no necesitan legislación
para reconocerse, como el derecho a la vida. Si
no existe este derecho, no hay trascendencia para
los demás”, detalló. Según
Corrada, el derecho humano va a tono con la naturaleza
fundamental del ser humano, tal y como fue creado.
El licenciado manifestó que se crea o no
en el Dios de la Cristiandad, los derechos humanos
reconocen el orden establecido por la naturaleza,
por lo que no puede considerarse un derecho humano
lo que vaya en contra de la naturaleza fundamental
del ser humano.
“El orden de la naturaleza implica que,
en materia de sexo, hay hombres y mujeres. Eso
es un principio
que hay que respetarlo en lo que concierne, por
ejemplo, a la definición de una familia
en la ley. Eso no quiere decir que si una persona
dentro de su vida privada e íntima convive
con otra del mismo sexo y esa relación se
mantiene a un nivel íntimo entre adultos
que dan el consentimiento, el estado se va a meter
con unos binoculares a ver en un apartamento o
casa cómo vive una persona. Pero si esa
pareja del mismo sexo pretende que el estado le
reconozca como matrimonio, va más allá y
el problema trasciende de la relación íntima
de esas personas. Dios es misericordioso, pero
eso no quiere decir que la sociedad, a través
de sus leyes, tenga que reconocer esa relación”,
agregó.
El segundo tipo de derecho delimitado por Corrada
fue el positivo o la ley escrita, el cual manifestó que
se basa en el derecho natural, pero que no siempre
lo reconoce. A los efectos, citó la jurisprudencia
en torno al aborto provocado como uno de los casos
en que la ley escrita va en contra del derecho
natural a la vida.
Decisiones a tono con los valores del pueblo
“La legislación que se aprueba en
un pueblo debe reflejar los valores de ese pueblo”,
afirmó el licenciado Corrada del Río,
en su calidad de antiguo Juez. “El pueblo
de Puerto Rico es un pueblo cristiano y no sería
propio que la legislación se asemeje a aquélla
de países en que esos valores no tienen
importancia”, expresó ante la pregunta
sobre la permeabilidad de sus creencias en sus
decisiones judiciales y políticas.
Ante el planteamiento de si la influencia de
sus valores podría interpretarse como un atentado
contra la separación de Iglesia y Estado,
Corrada del Río lo negó y detalló que
la separación de iglesia y estado lo que
determina es que el estado no puede reconocer a
una sola iglesia como religión oficial.
Además, afirmó que cree firmemente
en la libertad del hombre y su derecho al libre
culto religioso.
“Los valores cristianos están fundamentados
en los derechos humanos. Cristo lo que hizo fue
dignificarlos para que sean reconocidos en términos
del valor como ser humano y criatura de Dios. No
se trata de darle a una sola iglesia el ejercicio
de su pastoral, sino que esos valores sirvan para
ayudar a todo el mundo, irrespectivamente de su
fe religiosa”, señaló.
“Los que sí vulneran contra la libertad de
culto son aquéllos que quisieran convertir
la sociedad puertorriqueña en una puramente
secular y agnóstica, ajena a los valores
cristianos, porque a fin de cuentas el agnosticismo
puede tomar forma de seudo-religión”,
dijo. Corrada del Río afirmó que
toda política pública debe representar
la importancia de la familia.
Como servidor público, el licenciado detalló que
sus valores se reflejaron en la búsqueda
de ayuda para las familias pobres en términos
de cupones de alimentos y educación. Bajo
su administración como alcalde, se estableció uno
de los principales centros de salud de la Capital.
Como secretario de estado, gestionó ayuda
para establecer programas en salud y educación
para el pueblo haitiano. En términos de
jurisprudencias, Corrada del Río fue clave
en la defensa de los abuelos cuando decidió que
no se pueden demandar por daños y perjuicios
en accidentes con sus nietos en los que no hubo
negligencia. Además, defendió que
la pareja debe estar casada para adoptar a un niño
y la no aplicación de la ley 54 a parejas
del mismo sexo.
Como consejo a los políticos actuales, Corrada
exhortó a “volver a nuestras raíces”. “Nadie
piense que puede arreglar el mundo prescindiendo
de los valores que Cristo nos dio. Cuando una sociedad
se aparta de ellos, surge el crimen, la delincuencia,
el abuso a la mujer, la mala utilización
de fondos públicos…Todo eso son síntomas
de la falta de reconocer los valores. No es cuestión
de darse de pecho, sino de aplicarlos a la práctica”,
detalló.
Corrada agradeció a sus progenitores por
la enseñanza de la fe y aconsejó a
todos los padres a que la reconozcan y la practiquen
en el hogar.